declara: CON LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Abogada Emma Perdomo Pérez, actuando con el carácter de Defensora Pública Penal Nº 2, del imputado adolescente J. D. S. C. ( SE OMITE NOMBRE POR RAZONES DE LEY), contra la decisión dictada en fecha 4 de junio de 2012, por el Tribunal de Control Sección Adolescente de este Circuito Judicial Penal, donde: "Declara al Adolescente J. D. S. C. ( Se omite nombre según lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) Venezolano, nacido en el estado Zulia, en fecha 25-11-1994, de 17 años de edad, soltero, hijo de Yaidalit Coromoto Segovia, domiciliado en EL SECTOR MONTE LIBRE, CERCA DE LA ESCUELA "MARCELINO BRICEÑO", CASA SIN NÚMERO DE COLOR AMARILLO, MUNICIPIO BARALT, ESTADO ZULIA EN REBELDIA y en consecuencia se Acuerda Ordenar su Ubicación a través de los Organismos Policiales de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protec.....