En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la inhibición planteada por la Juez Suplente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Abg. Clarisa Villarreal, en el presente caso.
Se ORDENA notificar la presente sentencia, por oficio, a la juez inhibida, a quien se le remitirá copia certificada de la decisión, asimismo notifíquese por vía correo electrónico y vía telefónica al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de la Tránsito de esta Circunscripción Judicial, a la cual fueron pasados los autos por efecto de la inhibición.