Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Erick Alberto Manzanilla, titular de la cédula de identidad V- 16.065283, Venezolano, de 24 años de edad, de ocupación vigilante , natural Valera del Estado Trujillo, fecha de nacimiento 24-2-1983, hijo de Zoraida del Carmen Fonseca y Filian Alberto Manzanilla, de estado soltero , residenciado en: lazo de la vega, casa N° 26, a dos casas de la cancha, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código Org.....