DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la apoderada judicial de los querellados, contra la sentencia dictada por el A quo en fecha 13 de Julio de 2011.
Se declara CON LUGAR la presente querella interdictal restitutoria, propuesta por las ciudadanas Josefa María Rojas de Fernández y María Elena Singer Barazarte contra los ciudadanos Mayely Cabezas y Jesús Olmos, todos ya identificados.
En consecuencia, SE RESTITUYE a las querellantes en la posesión de la pared del inmueble de su propiedad colindante con el que ocupan los querellados.
En tal virtud, SE ORDENA a los querellados, ciudadanos Mayely Inmaculada Cabezas de Olmos y Jesús Antonio Olmos Briceño, RETIRAR la canal colectora de aguas plu.....