III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el apoderado de la parte actora contra el auto de fecha 6 de Agosto de 2012, dictado por el A quo, en el presente juicio que por partición sigue la ciudadana Rinna Cecilia Manzanilla García contra los ciudadanos María Delia del Carmen García de Manzanilla, Rickson José Manzanilla García y Rodelys Carolina Manzanilla García, todos identificados en los autos que forman el expediente número 5.338 llevado por el Tribunal de la causa.
Se declara LA NULIDAD de las actuaciones cumplidas en este proceso desde el día 15 de Mayo de 2012, exclusive, al folio 187 del expediente principal que corresponde al folio 27 del presente cuaderno de apelación.
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