´De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se constata que en fecha ocho (08) de enero del 2019, se suspendió la ejecución de la sentencia dictada por este Juzgado, de fecha 09 de julio de 2018, por el lapso de ciento ochenta (180) dias continuos, contados a partir de que conste en autos la notificacion del sujeto afectado, ciudadana Rojas Venegas Bigdalia, ya identificada, y si esta manifestare no tener donde habitar, se oficiará al Ministerio del poder Popular de Vivienda y Habitat, a los fines de que disponga la provisión de refugio temporal o solución habitacional; y tal como se visualiza los autos de fechas 06 y 26 de noviembrede 2019, cursante a los folios 113 y 114, y decisión dictada por este Juzgado en fecha 28 de julio del 2023, mediante el cual se acordó la continuación de la ejecución de la presente causa, salvo lo preceptuado por este Juzgado en el auto dictado en fecha 08 de enero del 2019, anteriormente citado, en razón de ello este Juzgado NIEGA l.....