Por los fundamentos expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, EN LA SENTENCIA N°. 693 DE FECHA 02 DE JUNIO DEL 2.015; formulada por los ciudadanos: MARCIAL ANDRES BARROETA CALDERON y MARIA DE LOS ANGELES GARCIA SOLER, plenamente identificados en actas. En consecuencia; QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los mismos habían contraído en fecha en fecha 15 de Julio de 2017, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia y Municipio Boconó del Estado Trujillo, tal como se evidencia en Acta de Matrimonio N°. 11, que corre inserta en autos. ASÍ SE DECLARA. Déjese por Secretaría copia certificada del presente.....