D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción Mero Declarativa de existencia de Relación Concubinaria, intentada por la ciudadana MARINA JOSEFINA BASTIDAS en contra de los ciudadanos JUAN CARLOS RAMON CASTELLANOS URBINA, RITA GUADALUPE CASTELLANOS BRICEÑO, VIRGILIO RAMON CASTELLANOS BRICÑEO, ANA PATRICIA CASTELLANOS BRICEÑO, JOSE LUIS CASTELLANOS URBINA y RICARDO JOSE CASTELLANOS CALDERA, todos plenamente identificados en autos, en su condición de HEREDEROS CONOCIDOS del causante JOSE VICENTE ABREU GONZALEZ.
SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre los ciudadanos CARMEN DALIA BECERRA BRICEÑO y JOSE VICENTE ABREU GONZALEZ, antes identificados, des.....