Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, PRIMERO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, que acordó decretar la LIBERTAD SIN MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL, a favor del ciudadano ANGEL DAVID MAZZARRI MORON, ya identificado, en virtud de no encontrarse llenos los extremos legales establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.