En mérito de lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por el Defensor Publico Abg. Carlos Noda en su carácter de Defensor Público Penal, actuando en representación del ciudadano Dennison Manuel Godoy Gil, recurso éste ejercido en contra de la decisión dictada en fecha 04 de diciembre del 2013 y publicada in extenso el día 10 de diciembre del 2013, por el Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, que declara: "...El Tribunal de Control Nº 03 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta: Primero: Apertura de Juicio Oral y Publico en contra del Ciudadano: DENINSON MANUEL GODOY GIL, venezolano, titular cédula de identidad V-16-015-484, nacido en.....