Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley
PRIMERO: DECLARA LA COMPETENCIA AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL ORDINARIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, para conocer la causa penal que se dirige al ciudadano MARTIN FRANCISCO MEDINA PADRON, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales y delitos previstos y sancionado en la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de los ciudadanos HUGO JOSE MEDINA MACHADO y YELITZA MILAGROS MEDINA HERNANDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Comuníquese la presente Decisión al Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Pen.....