Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado OSCAR COLMENARES en el carácter de Defensor Público Penal Nº 11, actuando en representación del ciudadano PEDRO PABLO DURÁN, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 06 de este Circuito Judicial en fecha 02 de Junio de 2006, mediante la cual ordenó la aprehensión del ciudadano Pedro Pablo Durán Villasmil, por incumplimiento de las condiciones impuestas en la Suspensión Condicional del Proceso concedido al referido ciudadano. SE CONFIRMA el auto recurrido.