Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación alfanumérico TP01-R-2016-000110, interpuesto por la abogada THAMARA ALVARES, Defensora Pública Sexta, actuando en representación del ciudadano DANIEL ALEJANDRO TORRES GARCÍA, en contra de la decisión dictada en fecha 27/03/2016, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa principal alfanumérico TP01-P-2016-002594, que se le sigue por el delito de Robo Agravado, previsto en el articulo 458 del Código Penal.
Segundo: QUEDA CONFIRMADA la decisión
Tercero: Se ordena la remisión de las actuaciones al Tribunal de origen.-
Regístrese, Publíquese, Remítase. Dada, firmada y sellada en e.....