DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y derecho expuestos a lo largo de la presente decisión esta Sala Accidental de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Alberto Daniel Perdomo, actuando con el carácter acreditado en la causa TP01-P-2011-000587, seguida a los ciudadanos: Pedro González, Albertina Briceño, Eva Duarte y otros, contra la decisión dictada en fecha 25 de Octubre de 2011, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se Confirma el auto recurrido. TERCERO: Se acuerda publicar la presente decisión agregándola al expediente respectivo, anotarla en el Libro Diario llevado por este Tribunal; dejar copia certificada de la presente decisión en el Copiador.....