Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA: LEGALMENTE DESISTIDO el Recurso de Apelación de Auto por el Abogado Carlos Noda, actuando con le carácter de Defensor Publico Penal Nº 08, del procesado: RUBEN DARIO ANDRADE, a quien se le sigue causa penal Nº TP01-P-2011-003276, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 01 del Código Penal en concordancia con el articulo 65 parágrafo único de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia en agravio de la hoy occisa Dirlaby Rosalin Martínez Escobar, y el delito de DETENTACION ILICITA DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Cód.....