ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ABG. OSCAR COLMENARES, Defensor Público Penal Nº 11, Defensor en la causa penal Nº TP01-P-2008-003220, seguida a la ciudadana MARTHA DEL CARMEN SAAVEDRA anteriormente identificada, contra la decisión dictada en fecha 17 de febrero de 2009 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 7 de este Circuito Judicial Penal, en la que declaró sin lugar la solicitud de la defensa, referida a la fijación de un plazo prudencial al Ministerio Público para presentar el acto conclusivo correspondiente, por carecer el defensor de cualidad subjetiva para poder realizar dicha petición