DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos ABG MARCELINA VILORIA ANDARA Y JOHAN ALEJANDRO VASQUEZ, venezolanos inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 20.093 y 112.172, con domicilio en Edificio Jesús María piso 1, oficina 5, calle 9 entre Av. 10 y 11 Valera Edo Trujillo, en la causa penal Nº TP01-S-2003-003145, seguida a los ciudadanos ROGELIO ANDERSON MENDOZA MONTILLA Y DEIVI ARGENIS GIRALDO MURILLO; contra la decisión dictada en fecha 01 de julio de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, donde se prorroga por el lapso de dos años la vigencia de la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad recaída en contra de DEIVI GIRALDO MURILLO y por el lapso de un año en relación a ROGELIO MENDOZA MONTILLA.