ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el ciudadano ABOG OSCAR COLMENARES Defensor público penal N° 11 su carácter de Defensor en la causa N° TJ01-S-2002-000895 seguida al ciudadano JOSE ENRIQUE TORRES, identificado anteriormente, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso CARLOS MORENO, recurso de apelación interpuesto contra la decisión emanada del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en audiencia de fecha 31-03-2008 publicada el día 01-04-2008 donde se ratificó la Medida Judicial Preventiva de Libertad a dicho ciudadano de conformidad a lo establecido en los artículos 259 y 260 del COPP vigente para el momento en que ocurrieron los hechos hoy 250 y 251 ejusdem.