En mérito de lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por la Abogada JOHANA CAROLINA TIRADO LAMUS, actuando con la cualidad de Defensora de la ciudadana: MARIA DEL PILAR CASTELLANOS DE UGARTE, recurso éste ejercido en contra de la decisión publicada en fecha 25 de Octubre de 2013, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal
SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida