Declara: INADMISIBLE el recurso de apelación de auto interpuesto por las Abogadas SANDRA CAROLINA SALAS BRICEÑO Y DORA ROSA ALVAREZ AZUAJE, en su carácter de Fiscales Segundas Auxiliares del Ministerio Publico de la Circunscripción del Estado Trujillo, contra la decisión dictada en fecha 05 de Noviembre del 2014, por el referido Tribunal, mediante la cual, DECRETO SIN LUGAR SOLICITUD DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, AL CIUDADANO EDILSO JOSE LOYO VALERA, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.317.614, por la presunta comisión de los delitos de ASOCIACION PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 37 en la LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO y TRÁFICO Y COMERCIO ILÍCITO DE RECURSOS O MATERIALES ESTRATÉGICOS previsto y sancionado en el Artículo 34 de la LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, en perjuicio al ESTADO VENEZOLANO, por considerar que dicho imputado ya se e.....