Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación Nº TP01-P-2013-000017, interpuesto por el ABOGADO ROGER PAREDES, actuando en carácter de Defensor Publico Penal Nº 09, defensor del ciudadano HECTOR AUGUSTO MENDOZA APONTE, imputado en la causa Nº TP01-P-2013-00848, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARITZA DEL CARMEN SALAS LINARES, en contra de la decisión de fecha 25/01/2013, de Audiencia de Presentación donde acordó la Medida Judicial Preventiva de Libertad, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Tru.....