Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por la Abg. Natalia Cruz Cánizalez , en su condición de Juez de Juicio N ° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la causa seguida a la ciudadana MARIA CLAUDIA SUAREZ DE GUTIERREZ, de conformidad con el artículo 86 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal.