PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Migdalia Mejia, actuando con el carácter de Fiscala Auxiliar Séptima del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 15 de Marzo de 2013, por el Tribunal Séptimo Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa N° TP01-P-2013-001961 mediante la cual ordena la libertad sin restricciones de los ciudadanos JESUS ALBERTO VALERO MORILLO, CARLOS ALBERTO GARCIA FRANCO y RUBEN DARIO PAREDES DABOIN.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto recurrido sólo en lo que respecta al libertad acordada a los ciudadanos JESUS ALBETO VALERO MORILLO, CARLOS ALBERTO GARCIA FRANCO Y RUBEN DARIO PAREDES DABOIN. Por cuanto fue el único aspecto recurrido, conforme a la especial apelación interpuesta, dentro del marco del artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: se decreta medida de privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos: JESUS ALBERTO.....