ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada MARITZA ARAUJO VALERA, actuando como defensora público del procesado, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el segundo aparte artículo 80 del Código Penal Venezolano. 2) QUEDAN CONFIRMADAS, las decisiones del Juez de Ejecución Nº 1 de fecha uno (01) de Marzo de 2007, mediante la cual NIEGA LA PROCEDENCIA DE LA MEDIDA ALTERNATIVA DE REGIMEN ABIERTO al penado RAFAEL ISIDRO MEDINA, suficientemente identificado en autos, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 del Código Penal Venezolano.