En mérito de lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto procedente del Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control, interpuesto por el Abogado CARLOS OLMOS PERDOMO, actuando con el carácter de defensor privado de los ciudadanos: JORGE LUIS RAMIREZ y YUZMARY DEL CARMEN GUTIERREZ FRAILAN, contra la decisión emitida en fecha 18 de Marzo de 2013, por el Tribunal de Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO Se confirma la decisión recurrida. TERCERO: Se acuerda publicar la presente decisión agregándola al expediente respectivo, anotarla en el Libro Diario llevado por este Tribunal; dejar copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias Interlocutorias. Remítase al Tribuna.....