Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara CON LUGAR, el Recurso de Apelación de Sentencia Nº TP01-R-2013-000038, interpuesto por las Abogadas LISBETH GONZALEZ DE MATHEUS y, MARISELA CARRASCO ORTEAGA y el Abogado LAUDELINO RANGUREN MONTILLA, DEFENSORES PRIVADOS designado por el ciudadano SAIL MATÍAS NUÑEZ SANTOS, en la causa Nº TP01-P-2011-001721, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de LA GOBERNACIÓN del Estado Trujillo, en contra de la decisión de Sentencia Definitiva pronunciada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Segundo:.....