declara PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abg. JOSE LUIS OROPEZA ALMAO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 138.529, en su condición defensor privado de los ciudadanos ERICK ANTHONY PEREZ PERDOMO, HENRRY DANIEL LINARES y JOSE MANUEL SERRANO mediante el cual interpone Acción de Amparo Constitucional contra del Tribunal de Control N° 02 conforme a lo establecido en los artículos 26, 44,49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la causa signada con el Nº TP01-P-2016-005608.