Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Abogado DANIEL JOSE QUEVEDO GUDIÑO, en su carácter de FISCAL DECIMO DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO TRUJILLO, en la causa signada bajo el N ° TP01-R-2008-000120 seguida a los adolescentes ---------------por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el articulo 6 numerales 1,2,3,8 y 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor.