D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el demandante contra la decisión del A quo contenida en el auto de fecha 22 de Junio de 2011 por medio del cual había declarado la perención de la instancia en el presente juicio intimatorio que por cobro de letra de cambio propuso el ciudadano Eduardo Zambrano, por medio de su endosatario en procuración, abogado José Alberto Jáuregui, contra el ciudadano Octavio Argenis Torres Colmenares, todos identificados en autos, contenido en el expediente 5575 de la numeración del Tribunal de la causa.
Se ANULA el aludido auto apelado, de fecha 22 de Junio de 2011.
Se REPONE esta causa al estado de que el A quo proceda, conforme a las previsiones del art.....