D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, contra decisión dictada por el A quo, en fecha 26 de septiembre de 2023.
SE CONFIRMA la decisión apelada.
De conformidad con las previsiones del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en las costas del recurso al demandante apelante perdidoso.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.