D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso de hecho, propuesto por el abogado Gabriel Orta Añez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 6.735, actuando en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas María Virginia Orta Rivas, María Carolina Orta Rivas y María Andreina Orta Rivas, contra auto de fecha 23 de febrero de 2024, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el expediente número 25.025, llevado por el Tribunal de la causa, sin indicar la parte quienes son las partes intervinientes ni el motivo del juicio.
Se ordena expedir por Secretaria copia certificada de la presente decisión y remit.....