III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación, ejercida por el apoderado judicial de la demandante, contra la sentencia del A quo de fecha 28 de Abril de 2005.
SE DECLARA CON LUGAR la oposición a la partición planteada por el demandado y en consecuencia:
1) SE ORDENA EXCLUIR del acervo común a ser dividido y liquidado, el bien inmueble formado por un apartamento para vivienda distinguido con el número 00-03, del bloque 01, edificio 01, ubicado en la Urbanización El Rosal, de la población de Pampanito, Municipio del mismo nombre del Estado Trujillo, adquirido por el demandado, ciudadano NELSON JOSÉ BRICEÑO, del Instituto Nacional de la Vivienda, según contrato de venta a plazo de fecha 30 de Noviembre de 1.....