III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente apelación ejercida por la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 26 de Enero de 2010, por medio del cual declaró inadmisible la presente demanda, en razón de su incompetencia para pronunciarse sobre la admisión o no de la misma y, por ende, para conocer y decidir tal pretensión.
Se REVOCA el auto apelado, dictado por el A quo en fecha 26 de Enero de 2010, con motivo de la presente demanda que por daños y perjuicios de carácter moral y patrimonial, interpuso el ciudadano Álvaro Gallardo Pérez contra la ciudadana Juez de Primer.....