III
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMÍREZ ARAUJO, ya identificado, asistido por la abogada LISMARK PERDOMO, contra la ciudadana Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, abogada PAULA CENTENO, en el expediente número 27791, contentivo del juicio por estimación e intimación de honorarios, seguido por el ciudadano abogado CARLOS HERNÁNDEZ CASARES, contra el prenombrado ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMÍREZ ARAUJO.
Se condena en las costas de la incidencia al recusante perdidoso, en un todo conforme con lo dispuesto por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se impo.....