III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente apelación y EN TODA SU FUERZA Y VIGOR la decisión apelada.
De conformidad con las previsiones del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión que a dicho código hace el artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se condena en las costas del recurso al demandado apelante perdidoso.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la ciudad de Truji.....