IV
D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se ADMITE la presente solicitud de amparo; y, en consecuencia, se ordena notificar al ciudadano Juez Suplente del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, abogado José Miguel Arayán Chacón; a la ciudadana Fiscal Superior de esta Circunscripción Judicial; al ciudadano William Enrique Gudiño Sáez y a los integrantes de la Junta Administrativa Ad Hoc, ciudadanos Rodolfo Javier Combita Jerez, Wusneiber Ozuna, Yuzelvy Margarita Combita, Milangela de La Torres y Dayana Márquez, titulares de las cédulas de identidad números 21.364.329, 14.928.031, 15.583.001, 24.852.168 y 15.584.314 para que concurran a este Tri.....