DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ORDENA CORREGIR Y SUBSANAR, como en efecto, corrige y subsana en este acto el error material ya indicado, en los siguientes términos:
Se corrige de oficio el error material detectado en la sentencia definitiva proferida por este Tribunal en fecha 14 de diciembre de 2017, en el expediente No. 5739-16, contentivo de la querella interdictal de amparo a la posesión, propuso el ciudadano José Gregorio Briceño contra los ciudadanos Elizabeth Lozada Araujo, Eligio Araujo Araujo y Antonio Justo Moreno, en los siguientes términos:
En la parte del dispositivo de la mencionada sentencia, donde se expresó: "que versa sobre el inmueble formado por un local comercial ubicado en la vía que conduce hacia la .....