III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el apoderado actor contra la sentencia de fecha 8 de agosto de 2017, dictada por el tribunal de la causa.
En consecuencia, se declara SIN LUGAR la presente demanda de simulación incoada por la ciudadana María Felicia Valera viuda de Barrios contra los ciudadanos Edgar José Barrios Valera, Lupi Beltrán Barrios de Kreibel, Militza Mayte Barrios Valera y Luis Enrique Barrios Valera, todos identificados en autos.
Se CONFIRMA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en las costas del recurso a la parte actora apelante perdidosa.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remí.....