D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el presente recurso de hecho propuesto por la compañía anónima Farmacia Juan XXIII, C. A., contra el auto de fecha 6 de abril de 2018 dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, que negó la apelación ejercida por la representación judicial de la prenombrada sociedad mercantil, el 22 de marzo del corriente año, contra el fallo definitivo proferido el 20 de marzo de 2018, dictado en el expediente número 2016-2649, llevado por el Tribunal de la causa, contentivo del juicio que desalojo .....