D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el apoderado judicial de la parte actora contra auto de fecha 3 de julio de 2013 por medio del cual el A quo declaró desistida la prueba de experticia.
La NULIDAD del auto de fecha 20 de marzo de 2012, y demás actuaciones subsiguientes relacionadas con la evacuación de la prueba de experticia, incluyendo el auto apelado, y se ORDENA al A quo proceder a la RENOVACIÓN del acto de designación de nuevos expertos de conformidad con los artículos 208 y 452 y siguientes del Código de Procedimiento Civil
Publíquese y regístrese la presente sentencia. Remítanse al Tribunal de la causa en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sa.....