D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA NULIDAD de la sentencia sometida a consulta de fecha 15 de octubre de 2014, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, en el expediente número 11964, formado con motivo de la solicitud de interdicción de la ciudadana Gladys Josefina Araujo Ruza.
Se REPONE esta causa al estado de que se profiera nueva sentencia, en la que no sólo se designen tutor y protutor, sino también que se nombre un consejo de tutela integrado por cuatro (4) parientes cercanos de la indiciada de interdicción o, en su defecto, por cuatro (4) personas de mayor edad que gocen de buen concepto público, prefiriendo, en igualdad de circunstancias, a los re.....