III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada MARÍA ELENA ORTA, apoderada judicial de la codemandada MAPFRE LA SEGURIDAD C. A. DE SEGUROS, antes SEGUROS LA SEGURIDAD, contra la decisión del A quo de fecha 28 de Octubre de 2008.
Se REVOCA la decisión apelada.
Se declara la NULIDAD de las citaciones de la codemandada MAPFRE LA SEGURIDAD, C. A. DE SEGUROS (antes SEGUROS LA SEGURIDAD, C. A.), practicada por el alguacil del Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 23 de Julio de 2007, y del demandado MIGUEL ANGEL ROSALES LOZADA, practicada por el alguacil del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de l.....