III
DISPOSITIVO
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, actuando en sede constitucional, obrando en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara TERMINADO el presente procedimiento.
En consecuencia, se LEVANTA la medida innominada de suspensión de la ejecución de la sentencia sobre la que versa la presente acción de amparo constitucional, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, el 12 de Enero de 2009, que había sido decretada por este Tribunal Constitucional, por auto de fecha 10 de Marzo de 2009.
Se ORDENA oficiar tanto al Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de esta Circunscripción Judicial, como al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios antes mencionados y del Municipio Urdaneta de e.....