D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el quejoso, ciudadano José Régulo Villa, identificado en autos, contra la decisión proferida por el A quo en fecha 15 de abril de 2015, en el presente juicio de amparo constitucional.
Se declara INADMISIBLE este recurso de amparo constitucional propuesto por el ciudadano José Régulo Villa contra sentencia proferida el 21 de junio de 2012 por el ciudadano juez del anteriormente denominado Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de esta Circunscripción Judicial, actualmente Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera,.....