III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 03 de Junio de 2009, dictada por el A quo.
Se declara SIN LUGAR la presente demanda que por desalojo propusieran los ciudadanos FRANCISCO JOSÈ LUJANO BARRETO, BETTY MILAGRO LUJANO de SEGOVIA, MARISOL LUJANO BARRETO, EVER WILFREDO LUJANO BARRETO y ROSBELLY MARGORY LUJANO BARRETO, contra el ciudadano AGUSTÍN SEGUNDO CRESPO PINTO, todos ya identificados.
Se CONFIRMA el fallo apelado.
Se CONDENA a la demandante apelante perdidosa en las costas del recurso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese la.....