III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la sentencia dictada por el A quo en fecha 18 de Octubre de 2011, que decidió la presente incidencia de oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por el Tribunal de la causa, planteada por el ciudadano Antonio José Delgado Rumbos en el presente juicio que por prescripción adquisitiva, propuso el ciudadano Luis Alberto Torrealba Guerrero, contenido en el expediente número 28206, nomenclatura del A quo, en el cual se formó este cuaderno de medidas bajo el mismo número.
Se declara SIN LUGAR la impugnación que del poder con que actuaron inicialmente las apoderadas del opositor a la medida, había.....