D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, solicitada por el abogado ROBERTO RAMÍREZ MELÉNDEZ, apoderado judicial de la parte demandada.
En consecuencia, SE PROHIBE al Tribunal Tercero de Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario Y Constitucional de La Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, o al Tribunal que conozca del procedimiento de interdicto de obra nueva, instaurado por la ciudadana CARMEN AIDEE ROJAS de FLOREANI, titular de la cédula de identidad número 4.305.381, en contra del ciudadano ARTURO JOSÉ BRAVO, titular de la cédula de identidad número 8.722.928, decretar cualquier medida cautelar que elimine o afecte los derechos de posesi.....