III
D I S P O S I T I V A
En razón de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la demandante en tercería contra la sentencia definitiva dictada por el A quo el 13 de abril de 2010.
Se RATIFICA el auto dictado por el tribunal de la causa el 21 de julio de 2008, a los folios 17 y 18, por medio del cual se admitió la presente demanda de tercería.
Se declara CON LUGAR la presente demanda por tercería propuesta por la ciudadana Rosario Domitila Saavedra contra los ciudadanos Jesús Humberto Azuaje y José Gregorio Rojas González, partes del proceso que por reivindicación de la casa número 51 ubicada en la avenida Cruz Carrillo de la población La Cejita, parroquia Antonio Nicolás Briceño, municipio San Rafael de Carvajal del es.....