ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: visto que los acusados admitieron los hechos se procede a dictar sentencia de condena en los siguientes terminos, al ciudadano LUIS ALBERTO TERAN, se le impone una sentencia de condena de cuatro años seis meses y veinte días por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto en el artículo 31 tercer aparte en concordancia con el artículo 46.5 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por ocurrir dicha distribución dentro del hogar domestico, así como se admite en su contra la acusación por el delito de DETENTACIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 en concordancia con el artículo 276 del Código Penal, siguiendo el criterio establecido por el Tribunal Supremo de justicia en sala de casación penal, por evidenciarse de la experticia, que.....