ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA.PRIMERO: Ratificar la entrega de la Chatarra que adquirió el ciudadano DANILIO BOSCAN BOHORQUES que en fecha 14 de Diciembre de 2.004 lo acordó por decisión de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de doscientos treinta y tres toneladas de chatarra del 28 de Mayo de 2.003 como reza el recibo emanado de La Alcaldía del Municipio La Ceiba. En caso de que haya sido entregada presentar recibos de que el ciudadano DANILO BOSCAN BOHORQUES haya recibido la chatarra de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Acuerda expedir oficio N° 21-F7-1733-2004, dirigido a la Corporación Cemento Andino C.A., y Surandina, Municipio La Ceiba, mediante el cual la entrega de los 233 toneladas de chatarra al ciudadano Danilo Boscan Bohorques . Dejando en su lugar copia certificada de dicho oficio, igualmente se acuerda la entrega al solicitante del oficio N°.....